· Aprobación y visado del acta del Plan de Seguridad y Salud.
· Aportación del Libro de Incidencias.
· Control de la apertura del centro de trabajo (Art .19 del RD 1627/97 y Orden TIN/1071/2010) y habilitación del Libro de Subcontratación (Art. 8 de la Ley 32/06 y Art. 14 del RD 1109/2007) por parte de los contratistas.
· Control de la inscripción de contratistas y subcontratistas en el Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral.
· Coordinación de seguridad y salud en fase de ejecución de obra.
· Comprobación y control del cumplimiento de la legislación de prevención de riesgos laborales por las empresas contratistas, subcontratistas y autónomos.
· Asistencia técnica en materia de seguridad y salud laboral.