• Confección y tramitación ante la Autoridad Laboral del Aviso Previo. (Art. 18 del RD 1627/97) en caso de que la propiedad no lo haya hecho.

  • Aprobación y visado del acta del Plan de Seguridad y Salud.

  • Aportación del Libro de Incidencias.

  • Control de la apertura del centro de trabajo (Art .19 del RD 1627/97) y habilitación del Libro de Subcontratación (Art. 8 de la Ley 32/06 y Art. 14 del RD 1109/2007) por parte de los contratistas.

  • Control de la inscripción de contratistas y subcontratistas en el Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral.

  • Coordinación de seguridad y salud en fase de ejecución de obra.

  • Comprobación y control del cumplimiento de la legislación de prevención de riesgos laborales por las empresas contratistas, subcontratistas y autónomos.

  • Asistencia técnica en materia de seguridad y salud laboral.